¿Cómo calcular la CTS?

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La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio al que tienen derecho los trabajadores que forman parte del régimen laboral de la actividad privada y cumplen con jornadas de al menos 4 horas diarias o 20 horas semanales.

El empleador tiene la obligación de depositar en las cuentas CTS de sus trabajadores el 50% de la remuneración anual, junto con su respectiva gratificación. Estos pagos se realizan en mayo y noviembre, y el trabajador puede retirarlos según su necesidad. A continuación, te presentamos algunos detalles sobre cómo calcular el total que te corresponde.

¿Qué debes tener en cuenta al calcular la CTS?

A la hora de calcular la CTS, es importante considerar los siguientes elementos:

  • Sueldo base, sin descuentos.
  • Monto de asignación familiar, en caso de aplicar.
  • Suma total de horas extra del último semestre dividido entre 6.
  • Suma de las remuneraciones del semestre divididas entre 6.

No se deben considerar en el cálculo las asignaciones que no sean recurrentes, como utilidades, viáticos, bonificaciones por estudio, entre otros.

¿Cómo calcular la CTS?

Para calcular la CTS, debes conocer el sueldo mensual base sin descuento del trabajador. A continuación, te presentamos los pasos a seguir:

  1. Divide el sueldo mensual base entre 6, lo cual corresponderá a 1/6 parte de la gratificación.
  2. Suma el sueldo mensual base con la 1/6 parte de la gratificación. Esto constituirá la remuneración anual. Dependiendo del régimen laboral, se deben sumar las horas extras y las comisiones que reciba el trabajador.
  3. Divide este monto entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados en el semestre, que serían 180.

La remuneración anual debe ser depositada al trabajador en dos partes iguales (50%). El primer pago debe realizarse hasta el 15 de mayo y el segundo hasta el 15 de noviembre, en períodos de 6 meses.

A través del siguiente ejemplo te enseñaré cómo calcular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de un trabajador que gana un salario base de S/800:

  1. Calcula la 1/6 parte de la gratificación.
  2. Suma el sueldo base más la gratificación.
  3. Realiza el cálculo del monto semestral.
  4. El trabajador recibirá S/700 de CTS.

¿Cuánto me corresponde de CTS?

Para determinar cuánto te corresponderá por CTS, debes tener en cuenta el tipo de remuneración (fija o variable), el tiempo de antigüedad en la empresa y otras asignaciones no recurrentes.

¿Cuánto CTS me corresponde si llevo trabajando menos de 6 meses en la empresa?

Incluso si llevas menos de 6 meses trabajando en la empresa, también tendrás derecho a la CTS. El cálculo se realiza en base al período que hayas trabajado.

Por ejemplo, si eres un trabajador que gana S/1200 de salario base y solo has trabajado 3 meses, el monto por CTS que te corresponde será el siguiente:

  1. 1200 / 6 = 200 (1/6 parte de la gratificación)
  2. 1200 + 200 = 1400 (gratificación anual)
  3. 1400 / 360 = 3.89
  4. 3.89 x 90 días laborados (3 meses) = S/350

Un aspecto importante a tener en cuenta es que, si el trabajador tiene menos de un mes trabajando, no recibirá depósito de CTS. Los días laborados se sumarán al próximo período.

¿Cuánto CTS corresponde si tengo un sueldo fijo?

Si tienes un sueldo fijo, se toma el salario base sin descuento para hacer el cálculo. En caso de que el trabajador cobre remuneraciones variables (horas extras), los montos se suman en el cálculo solo si se han percibido en más de 3 ocasiones durante ese período.

Por ejemplo, si Luis Carlos cobra S/2000 de salario base fijo y una asignación familiar de S/62. El cálculo de la CTS sería el siguiente:

  1. 2000 + 62 = 2062 (Sumatoria de salario + asignación familiar)
  2. 2062 / 6 = 343,67 (1/6 parte de la gratificación)
  3. 2062 + 343,67 = 2405,67 (gratificación anual o Remuneración Computable)
  4. 2405,67 / 360 = 6,68
  5. 6,68 * 180 días laborados (6 meses) = 1202,83 es el CTS correspondiente a ese período.

¿Cuánto CTS corresponde si tengo un sueldo variable?

En caso de que tengas un sueldo variable, se calcula el promedio del salario percibido en los 6 meses del período (noviembre – abril o mayo – octubre).

Por ejemplo, si Leonor gana S/1200 mensual y en este período obtuvo 6 comisiones (200, 180, 220, 125, 100, 75). También cobra asignación familiar de S/62. El procedimiento para calcular la CTS en este caso es el siguiente:

  1. 1200 + 62 + 15 = S/1277 (salario + asignación familiar + comisiones)
  2. 1277/6 = S/212,83 (1/6 parte de la gratificación)
  3. S/1489,83 Remuneración Computable (RC)
  4. 1489,83/360 = 4,14
  5. 4,14 * 180 días laborados (6 meses) = S/744,92 es el CTS del período.

Preguntas frecuentes

¿Puedo retirar el total de mi CTS en una sola extracción?

Sí, tienes la posibilidad de retirar el 100% de tu CTS en una sola extracción o de forma parcial hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Por cuál medio recibo mi CTS?

El CTS será depositado en una cuenta bancaria a tu nombre. En caso de no saber dónde te depositan, puedes comunicarte con el empleador para solicitar la información.

¿Quiénes pueden recibir el CTS?

Tienen derecho a recibir el CTS todo trabajador que trabaje bajo un régimen laboral privado y cumpla jornadas laborales de al menos 4 horas diarias o 20 semanales. Además, es obligatorio tener al menos un mes de antigüedad en la empresa.

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