Un consumidor, consumidora o persona consumidora es aquel individuo que demanda bienes proporcionados por un productor, ya sea público o privado. En Perú, generalmente lo llamamos «proveedor».
Por otro lado, a aquel que demanda un servicio se le conoce como usuario o usuaria.
Para poder consumir, la persona debe contar con una renta que le permita satisfacer sus necesidades. El lugar donde el consumidor y el productor o distribuidor se encuentran es lo que en Economía se denomina mercado.
Es común que los consumidores se asocien a asociaciones de consumidores para que estas defiendan sus intereses, tanto a nivel individual como colectivo. En Perú, los poderes públicos promueven este tipo de organizaciones privadas debido a su capacidad para fortalecer la sociedad civil.
En el Perú, la Ley nº 29571, conocida como el Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobada en septiembre de 2010, establece una definición conjunta de «consumidores y usuarios» en su artículo 4, apartado 1.1., del Título Preliminar.
Según esta ley, se considera consumidores y usuarios a las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan productos o servicios como destinatarios finales, ya sean materiales o inmateriales, en beneficio propio, de su grupo familiar o social, siempre que no lo hagan en el ámbito de una actividad empresarial o profesional.
No se considera consumidor, según este Código, a quien adquiera, utilice o disfrute de un producto o servicio destinado normalmente para el ámbito de su actividad como proveedor.
Además, esta definición también se amplía para incluir a los microempresarios que se encuentren en una situación de asimetría informativa con el proveedor, en relación a aquellos productos o servicios que no formen parte de la actividad principal de su negocio.
En caso de duda, se entenderá que son consumidores aquellos que adquieren algo para su disfrute final.
1.3 En caso de duda sobre el destino final de determinado producto o servicio, se califica como consumidor a quien lo adquiere, usa o disfruta.
¿Qué es un consumidor entonces?
Hablando de personas físicas y no de personas jurídicas (empresas, entidades, asociaciones, administraciones públicas), un consumidor de a pie, como tú que estás leyendo esto o yo que lo escribo, se podría definir, según la Ley 29571, como:
La persona natural (…) o jurídica (…) que adquiere como destinatario final un producto en beneficio propio o de su grupo familiar o social, actuando así en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.
Se consideran consumidores o usuarios a las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
Como puedes ver, ambas legislaciones son muy similares. Se es consumidor cuando se compra un producto para su disfrute personal o el de tu familia o grupo social.
Por lo tanto, se dice que somos los destinatarios finales de dicho producto.
¿Puede una empresa ser considerada consumidora?
La respuesta es sí, siempre y cuando utilice el producto para su disfrute sin incorporarlo a un proceso productivo, como si fuera una materia prima más. Incluso puede revender el mismo producto con un margen comercial sin transformarlo.
La Ley peruana admite que las personas naturales o jurídicas pueden ser consideradas consumidoras, pero excluye de la condición de consumidor a:
Para aquellos que adquieren, utilizan o disfrutan de un producto o servicio destinado normalmente para los fines de su actividad como proveedor, se les considera consumidores.
Exclusiones de lo que se considera consumidor
En Perú, no se consideran consumidores aquellos que adquieren bienes para incorporarlos a un proceso productivo o a una actividad comercial, así como aquellos que pactan cosas de manera particular.
Por ejemplo, en un contrato de arrendamiento de vivienda entre dos particulares, ninguna de las partes contratantes sería considerada consumidor.
Definición de producto
Según la Ley peruana de defensa del consumidor, un producto se define como cualquier bien mueble o inmueble, material o inmaterial, de origen nacional o extranjero.
Normas estatales de protección para los consumidores peruanos
En el Perú, las principales normas de defensa de los consumidores y usuarios son: