Artículo 65 de la Constitución Política del Perú: Deberes Públicos y Protección de los Consumidores

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La Constitución Política del Perú de 1993, aprobada el 29 de diciembre de 1993 y publicada un día después, establece en su artículo 65 la protección al consumidor. Este artículo forma parte del Título III, que abarca el Régimen Económico (artículos 58 al 65).

En este Título se establece que en el Perú existe una economía social de mercado, en la que la iniciativa privada juega un papel fundamental. El Estado fomenta la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo, de empresa, comercio e industria.

Además, se promueve la libre competencia, la libertad de expresión y comunicación, así como la libertad de contratar, resolviendo cualquier disputa ante los tribunales de justicia o mediante el arbitraje.

La Constitución también prevé la inversión, tanto nacional como extranjera, en igualdad de condiciones, así como la tenencia de moneda extranjera y la protección de los consumidores peruanos.

En particular, el artículo 65 de la Constitución Peruana establece los siguientes derechos para los consumidores:

1. El Estado defiende los intereses de los consumidores y usuarios.

2. Garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios disponibles en el mercado.

3. Vela especialmente por la salud y seguridad de la población.

Responsabilidades de los poderes públicos peruanos

A partir de la redacción anterior proporcionada por el artículo 65 de la Constitución de 1993, podemos inferir que el Estado peruano tiene la obligación de:

  • Defender los intereses de los consumidores y usuarios: aunque esta definición es bastante amplia, se entiende que la protección se interpreta en favor del consumidor, considerando su posición más débil en el mercado.
  • Velar por la seguridad y salud de los consumidores y usuarios.
  • Garantizar el derecho a la información de los consumidores y usuarios antes de realizar una compra o contratar un servicio.

Es importante destacar que esta redacción de 1993 es bastante genérica y no menciona los legítimos intereses económicos de los consumidores. A diferencia de la Constitución española de 1978, no se habla de promover las asociaciones de consumidores y usuarios, ni de escuchar su opinión en asuntos que puedan afectarles (derecho de audiencia).

Posteriormente, este mandato constitucional se desarrolla con la aprobación de la Ley 29571, conocida como el Código de Protección y Defensa del Consumidor, en septiembre de 2010. Esta ley consta de 160 artículos y aborda de manera más detallada la protección del consumidor peruano.

En Perú, existen normativas estatales que buscan proteger a los consumidores, como el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571). Esta ley, aprobada en septiembre de 2010, desarrolla de manera extensa la protección de los consumidores peruanos, estableciendo derechos y obligaciones tanto para los consumidores como para los proveedores de bienes y servicios.

Una de las principales normas de defensa de los consumidores y usuarios es Consumoteca.

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